martes, 13 de mayo de 2014

EL PAPEL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONVIVENCIA


EL PAPEL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONVIVENCIA


Los Derechos Humanos son ganancias sociales de la humanidad, se han construido a lo largo de la historia, especialmente en los últimos 2 siglos en los que se han presentado grandes avances y cambios en el contexto mundial. De acuerdo a al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, estos se definen como: “…derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.”(Alto Comisionado para los Derechos Humanos).

Los derechos humanos reconocen a los titulares de derechos, es decir, quienes ejercen y realizan sus derechos, así como aquellos garantes y responsables de defenderlos, protegerlos y fomentarlos. Aplicados de manera práctica, permiten establecer unos mínimos  para que las personas tengan una vida digna y convivan unas con otras.

Surgen desde una concepción individual, pero gracias a su evolución y desarrollo se han convertido en normas sociales colectivamente aceptadas. Al respecto dice Maturana (1993): “Los seres humanos somos seres sociales: vivimos nuestro ser cotidiano en continua imbricación con el ser de otros”. Desde la perspectiva individual, los seres humanos vivimos nuestro ser cotidiano como un continuo devenir de experiencias individuales e intransferibles. Ser social y ser individual parecen contradicciones de la existencia" En efecto, la convivencia, el convivir con otros, implica restringir libertades individuales para lograr garantizar el desarrollo de la sociedad en general; como sabemos “el bien general prima sobre el bien particular” premisa que se tenía incluso desde los planteamientos realizados por Platón citado por Martínez (2011) en su obra La Republica y a la cual le es fiel incluso Nicolás Maquiavelo en El Príncipe, su obra más reconocida en la que plantea: “justifica los medios inmorales sin con ellos se puede defender el interés común”

Para establecer una relación entre los DDHH y la convivencia, es necesario hacer las siguientes preguntas: ¿Cómo se puede ser libre cuando la libertad individual atenta contra la libertad de la sociedad? ¿Cómo convivir con otros cuando, en aras de mi propia comodidad, (pues vivo en un país “libre”) atento contra la comodidad de otros lo que me lleva a que en algún momento tengan que cohibirme de vivir en comunidad quitándome incluso mi propia libertad?

Debido a esta contradicción, tan antigua como la sociedad misma, los seres humanos nos hemos visto en la necesidad y más aún, en la obligación, de crear normas claras de convivencia que regulen la estadía en comunidad. Esta fue una de las razones que generó el surgimiento de los DDHH, que desde su concepción básica, pueden considerarse como normas fundamentales que defienden la dignidad humana y propenden por elaborar un marco que permite establecer las bases para una convivencia pacífica,  entre las personas y las sociedades, bajo unos principios de libertad e igualdad. Estos derechos se positivazan en las leyes institucionales, se convierten en acuerdos sociales y en normas éticas que cada persona debe conocer y aplicar. 

La crisis del capitalismo en los años 30, nacida del jueves negro en Octubre de 1929, “castigó a todos los estratos de la sociedad en cada país (…) los costos del “ajuste” económico fueron asumidos principalmente por los desempleados en la ciudad. El record en términos de desempleo fue verdaderamente aterrador (…)”, Echavarría (1989) Esta situación derivó en el surgimiento de movimientos nacionalistas al interior de los países, el fascismo, que a la postre nos llevaría a la nefasta segunda guerra mundial. Una vez terminada esta confrontación se da origen a la formación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) quien posteriormente proclama la declaración de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos desde sus diferentes categorías: civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, colectivos y de los pueblos, tienen como fundamento básico el establecer unos mínimos para crear un ambiente de convivencia entre los habitantes de las naciones que así decidan adoptarlos. Los derechos cuentan con una carga ética y subjetiva, por lo que su aplicabilidad se vuelve subjetiva de acuerdo a las concepciones de cada persona y colectivo.
Desde la perspectiva de la convivencia, los derechos humanos propenden por el reconocimiento del ser humano como sujeto de derechos en pleno uso de su dignidad. Esto implica un autoreconocimiento propio y el reconocimiento del otro como igual en derechos pero diferente en su manera de asumir la vida. Permiten asumir la diversidad propia de la especie humana, la libertad del individuo y la transformación de los conflictos naturales de nuestra especie.   

En nuestro país, la constitución política es el principal elemento que permite el ordenamiento jurídico de la nación. En este documento se recogen las principales normas y acuerdos políticos que permiten regular y generar un marco de referencia y un techo legal sobre las actuaciones de todas las instancias del Estado colombiano. Está construida bajo los principios de los derechos humanos, de hecho, el país se reconoce como un “Estado Social de Derecho”, lo que implica la transversalización de los  derechos humanos en toda la estructura e instituciones del Estado. Nuestra constitución permite normativizar las actuaciones de los habitantes, las instituciones y todas las instancias del Estado. Esto implica que establece un marco para convivir, una normatividad implícita y explicita que ordena la manera en que nos relacionamos unos con otros y con el contexto.

En el contexto Colombiano es posible identificar acciones positivas en torno a los derechos humanos, un ejemplo de esto son las comunidades indígenas que han logrado grandes avances en su reconocimiento cultural, permitiendo legitimar sus prácticas en el mismo espacio geográfico donde convergen, mestizos, afro descendientes, ricos y pobres. De la misma manera, las comunidades afro descendientes a pesar de que sus territorios están sumergidos en la pobreza y abandonados por el gobierno central, han logrado a través  de sus tradiciones culturales, el reconocimiento que por tanto tiempo no se tuvo presente.

De la misma manera, la comunidad LGTBI que ha vivido sumergida en la oscuridad de la intolerancia, se ha visibilizado y ha ganado cosas desde lo legal, que antes ni si quiera era posible pensar, debido principalmente al  carácter tradicional y conservador de la mayoría de la población. Sus reivindicaciones en la actualidad son públicas y han ganado respeto, tolerancia y reconocimiento, acciones propias de una convivencia que si es cierto todavía no es fácil si ha empezado a concienciar a sus detractores.

Lo anterior demuestra que la convivencia parte de la garantía de los Derechos Humanos, que buscan el desarrollo de la sociedad partiendo de la libertad del individuo, garantizando su dignidad, sus derechos políticos y civiles, pero sobre todo el pleno desarrollo de su personalidad sin reñir con el bien- estar común. El papel de los derechos humanos en la convivencia es claro: sin derechos humanos no hay convivencia y el estado debe garantizar su cumplimiento para que la sociedad pueda desenvolverse de manera adecuada y logre sus metas de desarrollo y avance material, intelectual y hasta espiritual. El cumplimiento de los derechos humanos por parte del estado y de otras organizaciones legales e ilegales debe ser tarea de todos y cada uno de los miembros de las sociedades, pues está en juego su dignidad y su futuro.



REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Echavarría, J. J. (1989). Aspectos Internacionales de la crisis de los años 30". En J. J. Echacarría, Nueva Historia de Colombia (pág. 107). n.d: Planeta.

Humanos, A. C. (n.d de n.d de n.d). Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Obtenido de Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos: 
http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

Martínez, J. A. (2011). El poder, bien común y los intereses individuales. EUMEDNET, n.d.
Maturana, H. (1993). Desde la Biología a la Psicología. n.d: n.d.



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